Estimados/as,
En relación al ARTÍCULO N.º 14: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA el cuál solicitamos presentar una póliza de seguro de caución en calidad de garantía de Mantenimiento de Oferta por un plazo de treinta (30) días, desde la fecha límite de presentación de ofertas y por el monto ofertado, les informamos que la misma podrá ser sustituída por una declaración jurada presentada y firmada por la máxima autoridad de su empresa.
No obstante, en caso de resultar adjudicado, se mantiene la solicitud del ARTÍCULO N.º 29: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO dónde el oferente deberá constituir una garantía de cumplimiento del contrato por el pago anticipado, mediante póliza de caución equivalente al 80% del valor total ofertado, dentro de las 48hs de recibida la orden de compra. Se requiere como garantía una póliza de caución de una aseguradora local y/o garantía bancaria de un banco que opere en la plaza local, por el valor del mismo. Vencido dicho plazo, en caso de incumplimiento se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de oferta.